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La Ley 1581 de 2012 vela por la protección de los datos personales de los ciudadanos por lo que se comete un delito al publicar un video, foto o cualquier información de alguien, según se puede leer en el portal de Función Pública.
El artículo 5 explica que por datos sensibles se entienden “aquellos que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación”. El castigo por eso puede ser hasta de 12 años de prisión.
Un ejemplo reciente de este tipo de situaciones se mostró en la novela ‘Pa’ quererte’, del Canal RCN, donde una joven sufrió el acoso por imágenes suyas que se difundieron entre sus compañeros de colegio.
Estas son algunas recomendaciones que presenta el portal LegalApp en este tipo de casos:
Para obtener el material probatorio, resulta clave tomar una captura de pantalla de la imagen que atenta contra la víctima, tener una imagen de la url o dirección del sitio web que la publica y guardar esos archivos.
En el caso de las diferentes redes sociales existe la opción de reportar el contenido. Twitter, Facebook, Instagram y WhatsApp, entre otras, permiten la denuncia y atienden a esos llamados porque no permiten imágenes de desnudez o por derechos de autor.
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