Riesgo de delito financiero: equilibrio entre las necesidades de datos y la protección de la privacidad
Información promocional. Hemos colaborado con expertos del sector para crear un nuevo webinar que analiza la necesidad fundamental de datos, y los desafíos que los rodean, en la lucha mundial contra el delito financiero. Información de expertos En este webinar exclusivo, expertos de la industria profundizan en la necesidad que tienen las organizaciones de disponer de datos para hacer frente al delito financiero, así como en los desafíos que rodean dichos datos. Desde su adquisición y recopilación hasta la extracción de información significativa, y desde la colaboración con múltiples partes interesadas hasta el mantenimiento de la privacidad y la seguridad de los datos, especialmente cuando se trata de datos confidenciales. Lea también: El rol del CISO y la protección de los activos digitales Los ponentes del webinar examinan las mejores soluciones disponibles actualmente en el mercado, en particular las tecnologías que mejoran la privacidad, y cómo estas soluciones ofrecen soporte y permiten la colaboración. Datos para combatir el delito financiero Che Sidanius, nuestro Global Head of Financial Crime and Industry Affairs, explica que las organizaciones tienen una necesidad fundamental de datos si quieren cumplir los requisitos regulatorios, pero más aún, los datos correctos son cruciales para permitir una mitigación eficaz de los riesgos financieros, reputacionales, de cumplimiento y de otro tipo. Sin embargo, la administración de volúmenes de datos de manera eficiente y oportuna está lejos de ser directa, especialmente para empresas con presencia global. Muchos simplemente no cuentan con el capital humano o los procesos adecuados para recopilar, cotejar y administrar los datos necesarios, por lo que pueden optar por trabajar con un proveedor de datos de inteligencia de riesgos. Sidanius capta las complejidades de la recopilación y administración de datos citando como ejemplo los datos de las sanciones relacionadas con la guerra de Ucrania. Señala que hay aproximadamente 65 autoridades de sanciones diferentes y cientos de listas de sanciones diferentes a las que las empresas tendrían que acceder. No solo deben recopilar todos los datos necesarios de los foros de fuentes abiertas, sino que también deben asegurarse de que se atienen a sus obligaciones de cumplimiento. Aunque esto pueda parecer sencillo, Sidanius hace hincapié en que los aspectos prácticos pueden ser cualquier cosa menos sencillos, ya que una organización con presencia mundial puede necesitar cubrir 65 idiomas diferentes y potencialmente 245 países distintos. Además, es probable que las fuentes de diferentes zonas geográficas tengan diferentes tipologías, estándares y definiciones de datos. Cuando se presenta de esta manera, la magnitud del desafío de la administración de datos empieza a hacerse evidente. Datos y privacidad Dr. Shlomit Wagman, former Director-General of the Israeli Money Laundering and Terror Financing Prohibition Authorit, concuerda en que los volúmenes de datos son necesarios para que las organizaciones tengan éxito en la investigación de delitos financieros. Además, insiste en que las empresas deben tener en cuenta tantas fuentes de datos como sea posible. Estos datos deben ser legibles por máquina antes de que comience el proceso para adoptar un enfoque basado en los datos y en los riesgos que permita identificar patrones y detectar posibles delitos. Recopilar datos, cruzar datos internos y externos, como los que se obtienen de fuentes abiertas y bases de datos públicas, y aprovechar la amplia gama de datos gubernamentales pertinentes que están disponibles son algunas de las primeras tareas que hay que realizar, pero casi de inmediato las empresas se encontrarán con un desafío importante: los requisitos de privacidad de los datos. En muchos países, existen limitaciones en las capacidades de las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley para compartir datos, especialmente a través de las fronteras. En consecuencia, Wagman destaca la importancia de la colaboración internacional enfatizando que el delito financiero no se limita a una jurisdicción. Por lo tanto, las partes interesadas deben encontrar formas de compartir datos de la manera más segura posible intercambiando tantos datos como sea necesario, pero procurando no revelar demasiados. Tecnología: el factor de cambio Ronen Cohen, VP of Strategy, Duality explica el papel fundamental de la tecnología, no solo para adquirir e introducir volúmenes de datos en los sistemas, sino también para extraer información significativa, aumentar la eficiencia y cumplir plazos ajustados. También aborda los desafíos transjurisdiccionales que plantea la resolución de delitos financieros cumpliendo al mismo tiempo las regulaciones de privacidad y explica que aquí es donde la tecnología, y en particular una clase de tecnología denominada tecnología de mejora de la privacidad, cambia las reglas del juego. Solo mediante el empleo de tecnología avanzada, las empresas pueden garantizar que se aborden las preocupaciones de los distintos terceros interesados en materia de privacidad, seguridad, confidencialidad, competencia y más. La tecnología puede ayudar a las empresas a crear el entorno de datos correcto, uno que demuestre al regulador que están tomando las medidas necesarias para administrar las preocupaciones de privacidad de los datos. Algunos ejemplos son la anonimización de datos y la aplicación de una gobernanza operativa y técnica adecuada en torno al acceso a los datos y su análisis. La lección clave y un punto importante en el que coinciden todos los panelistas es que, mediante la colaboración y el aprovechamiento de la tecnología adecuada, las empresas pueden administrar los numerosos desafíos que rodean a los datos y su administración. FUENTE: Refinitiv. »Riesgo de delito financiero: equilibrio entre las necesidades de datos y la protección de la privacidad» Refinitiv.com. 18/10/2023. (https://www.refinitiv.com/es/blog/regulation-risk-compliance/riesgo-de-delito-financiero-equilibrio-entre-las-necesidades-de-datos-y-la-proteccion-de-la-privacidad).