Protección de Datos – Libertad y seguridad

El dilema entre el derecho a la privacidad y la persecución del bien común no queda superado ni en circunstancias como la provocada por la Covid-19

La utilización del big data se ha revelado como una herramienta útil para controlar la expansión del coronavirus en países como China, Singapur o Corea del Sur, donde el rastreo digital de sus ciudadanos es una práctica común y discutible por su escaso control externo. Dentro de la Unión Europea, especialmente cuidadosa con la privacidad de los usuarios, la protección de la información de carácter personal goza, por el contrario, de una amplia cobertura, lo cual no impide que en situaciones extraordinarias se considere lícito su tratamiento. Este es el marco en el que se inscribe el plan de la UE para que las principales operadoras de telecomunicaciones ofrezcan datos que permitan trazar un mapa de posicionamiento de los usuarios a partir de sus móviles para que las autoridades sanitarias puedan disponer de referencias clave sobre la extensión de la epidemia.

El hecho de que los datos sean agregados y presentados sin identificaciones individuales, y el compromiso añadido de que serán borrados tras la crisis sanitaria, supone una salvaguarda de los derechos y libertades de los ciudadanos. Estos mismos criterios presiden el estudio que se ha puesto en marcha en España y que pivota sobre el rastreo de más de 40 millones de teléfonos móviles. Se trata de conocer los desplazamientos demográficos entre territorios durante el tiempo que dure la emergencia para poder adoptar las decisiones más apropiadas en cada ámbito.

La normativa reflejada en el Reglamento General de Protección de Datos es garantista, pero también prevé que en situaciones en las que está en juego el interés público, como es el caso del control de epidemias o su propagación, esté permitido el uso de información para hacer más efectiva la calidad de la asistencia sanitaria. El dilema entre libertad y seguridad, entre el derecho a la privacidad y la persecución del bien común, no queda superado ni en circunstancias como la provocada por la Covid-19. Son las autoridades encargadas de la protección de los datos las que deben extremar la alerta.

 

Fuente: https://elpais.com/elpais/2020/04/04/opinion/1586016078_767654.html

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