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Bogotá D.C., 26 de mayo de 2021. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección de datos personales, emitió una orden de obligatorio cumplimiento a la empresa WhatsApp LLC para que implemente medidas acordes con el estándar colombiano en materia de Habeas Data y debido tratamiento de datos personales.
La decisión se tomó a través de la Resolución 29826 de mayo de 2021, luego de determinar que la Política de Tratamiento de la Información (PTI) de WhatsApp LLC incumple en un 57,89% los requisitos que exige la regulación colombiana. Adicionalmente, se estableció que dicha empresa tampoco cumple con el 75% de los requerimientos establecidos en el artículo 12 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012.
La Superintendencia de Industria y Comercio pudo establecer que esta empresa recolecta y trata datos personales de por lo menos treinta y nueve (39) millones de usuarios activos mensualmente en Colombia y que ésta utiliza “cookies” para recolectar o tratar Datos personales en territorio nacional, por lo que la Ley 1581 de 2012 es aplicable a WhatsApp LLC, pues esta compañía acopia o captura datos personales a través de una herramienta que se instalan en dispositivos móviles y computadores ubicados en Colombia.
La SIC ordenó lo siguiente a WhatsApp LLC:
Adicionalmente, se EXHORTÓ a WhatsApp LLC para que informe a la Superindustria una dirección de correo electrónico para recibir comunicaciones o notificaciones de actos administrativos. Lo anterior es muy importante para contar con un canal de comunicación expedito con miras a atender de forma inmediata aquellos requerimientos o decisiones que involucran la protección de los derechos humanos de millones de personas usuarias de los servicios de WhatsApp LLC.
El incumplimiento de estas órdenes acarrea investigaciones administrativas sancionatorias que pueden generar multas de hasta 2.000 salarios mínimos legales vigentes o la eventual suspensión de actividades de WhatsApp LLC en Colombia.
Contra la decisión proceden recursos de reposición y apelación.
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