Facturación Electrónica: Este sábado vence el plazo para implementar la factura electrónica

Fuente: portafolio.co
Autor: PORTAFOLIO
Fecha: 29 de agosto de 2018
Link de consulta: http://www.portafolio.co/economia/finanzas/este-sabado-vence-el-plazo-para-implementar-la-factura-electronica-520588

Este sábado 1 de septiembre inicia la exigibilidad a los Grandes Contribuyentes seleccionados por la Dian de Facturar Electrónicamente.

Sin embargo, a la fecha no todos se encuentran preparados. De hecho, el pasado 23 de julio la Dian emitió un comunicado en el cual se otorgaba un plazo adicional de tres meses a 202 de estos contribuyentes que solicitaron una prorroga argumentando haber tenido inconvenientes de tipo tecnológico para cumplir con el plazo establecido. 

Esto es cerca de un 20% de los obligados para los cuales iniciará la exigibilidad a partir de este sábado. De esta manera, los Grandes Contribuyentes se sumarán a la lista de los 550.000 contribuyentes que la Dian espera que a 01 de enero de 2019 hayan adoptado este mecanismo de facturación.

Si usted desconoce qué es factura electrónica, los beneficios, las sanciones, o no sabe si ha sido seleccionado para facturar electrónicamente, a continuación, la firma experta en ingeniería tributaria, Tributar Consultores

¿QUÉ ES LA FACTURA ELECTRÓNICA?

La Factura Electrónica es la misma factura que actualmente se expide en papel, cuenta con los mismos respaldos legales, con la diferencia que es emitida, recibida y conservada por medio de mecanismos electrónicos. Para dar cumplimiento a la obligación de facturar electrónicamente es importante que se consideren los requisitos exigidos por el Decreto 2242 de 2015, encontrando entre otros:

• Generar y transmitir un archivo xml con la información de la factura,
• Incorporar la factura, nota débito y nota crédito (las anulaciones desaparecen),
• Emitir las facturas con firma digital para asegurar su integridad, autenticidad e integridad (puede ser adquirido por el emisor y por el proveedor tecnológico y no es lo mismo que el mecanismo de firma entregado por la DIAN),
• Incluir un CUFE (Código Único de Factura Electrónica del cual se encarga el proveedor tecnológico),
• Asegurar la entrega a la DIAN de los documentos emitidos en un máximo de 48 horas.

¿QUIÉNES SON LOS OBLIGADOS?

Hasta el momento, son tres los grupos de contribuyentes seleccionados para adoptar el nuevo mecanismo de factura electrónica:

• Quienes habían facturado electrónicamente de acuerdo con los lineamientos del Decreto 1929 de 2007 debían adoptar la Factura Electrónica a más tardar el 29 de junio del presente año,
• Grandes Contribuyentes relacionados en la Resolución 000076 de 2016 cuentan con plazo hasta el 01 de septiembre del presente año si no solicitaron prorroga ante la DIAN,
• Quienes sean responsables del impuesto del IVA o el impuesto nacional al consumo contarán con plazo hasta el 01 de enero de 2019.

En caso de no haber sido seleccionado por la DIAN puede adoptar la Factura Electrónica como voluntario, siempre y cuando asegure el cumplimiento de los requisitos exigidos por esta entidad.

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS?

Tributar da a conocer que es importante que tenga en cuenta que este nuevo modelo de facturación trae consigo grandes ventajas entre las cuales se encuentran:

Reducir costos operativos mediante la optimización de procesos asociados a la generación y envío de facturas.

Reducir costos asociados a la conservación de la factura.

Reducir los tiempos de contabilización de la información ya que las aceptaciones y rechazos pueden conocerse casi en tiempo real.

Aumentar la posibilidad de mejorar los flujos de caja al integrar la factura electrónica con opciones de pago en línea.

Reducir el riesgo de pérdida de documentación.

Aumentar la transparencia en las operaciones.

Reducir el impacto ambiental.

Según la DIAN, emitir actualmente una factura física tiene un costo cercano a los $ 2.650, mientras que emitir una factura electrónicamente puede costarle alrededor de los $ 820, y tal vez menos según el proveedor tecnológico que seleccione.

¿CUÁLES SON LAS SANCIONES?

Las sanciones por incumplir total o parcialmente con la obligación de facturar electrónicamente son:

Clausura del establecimiento donde se ejerza la actividad por un término de 3 días, cuando no se expida factura o documento equivalente estando obligado a ello, o se expida sin alguno de los requisitos propios de la factura como son el consecutivo, el valor de la operación, el concepto, entre otros

Sanción del 1% del valor de las operaciones facturadas, sin exceder de 950 UVT ($ 31.498.200 para el 2018), si la factura emitida no cumple con requisitos como estar denominada como factura de venta, indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas, entre otros.

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